Boletín de la Biblioteca Nacional N° 77 80
Nacional de Cultma y 3 para los trabajadores de la Biblioteca Nacional, previo acuerdo. Artículo 16? No se incluye en la concesión del local el equipo de so- nido ni de proyección visual. Artículo 17? La venta de boletaje y la inscripción de part1c1pantes no deberá exceder al número de butacas (328 Auditorio - 165 Teatrín) . Artículo 18? La concesión de Jos locales (Auditorio o Teatrín) no da derecho a la realización de agasajos o cocktails en su recinto ni a la introducción ni venta de bebidas o comestibles en el mismo. Artículo 19? Los pagos señalados en los artículos 12 y 13 serán efectua- dos por las entidades organizadoras por adelantado en la Oficina de Adminis- y Control de la Biblioteca Nacional, con un plazo de hasta un día antes a la pre- sentación del evento. (Horario de atención: 09. 00 a 15 . 00 horas) . Artículo 20? Cualquier cambio en la programación por parte del inte- resado deberá solicitarse con 2 días de anticipación de la primera fecha acordada. CAPITULO IV DEL PERSONAL Y SUS FUNCIONES Artículo 21? La Oficina de Administración y Control desempefiará las siguientes funciones: a) b) e) d) Asegurar el mantenimiento y conservación de todas las instalaciones del local. Coordinar con las personas o instituciones que hagan uso del Audi- torio o Teatrín para el cumplimiento de las disposiciones estableci- das, horarios, pre~entaciones y otros fines. Controlar y dictar las medidas de seguridad adecuadas para el nor- mal funcionamiento de las actividades. Aportar los datos necesarios para la determinación de los costos de operación y mantenimiento. CAPITULO V NORMAS COMPLEA1ENTARIAS Artículo 22? Las instituciones a las que se ks conceda el uso de los sis- temas de amplificación y sonido del Auditorio deberán abonar S/. 1,000. 00 por hora. Artículo 23? El presente Reglamento podrá ser reajustado periódica- mente después de transcurridos seis meses a partir de la fecha de aprobación. 64
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