Boletín de la Biblioteca Nacional N° 53-54

30 inurioresy yo soy el obispo exterior de-la lglesia.~Desde este tiempo asisti~ron á todos los concilios diputados de los príncip~s seculares, y estos admitian ó no las disposi· ciou.:s dkip\iiuL:s , s~gun la rclacion que tenian con el réji~u;?n civil. M~1y reci..:utc tenemos el ejemplo di! la Francia que no ha a<lmitido en mucha parte Ja Jici¡Jlina cstabtetida por d Concilio de Trento , porque no lt! pareció couformt! á sus instituciones civ iL:s. L'.l histurb está 11..:na de leyt's diciplinalc:i es... tabkciJ,1s por· los príncipes seculares , ó impl!tradas de ellos pvr los obispu' y aun por los mismos pon– tífices; y e'i bko' notorio qut! en aqudlos primeros ti,:.npo: loi; írnpedi nl?n toli del matrimonio y sus dis– pemas ) cornu tarnb1en la~ penas que se habían de imponer á los q lle qYebrctiHab.m en este punto la diciplí:u , eran de ta it1)pec1.:iun de Jos principts Si!.. cul:ire:>. Lo:> CL'digu'\ 1 'e0dv'IÍ.H10 y Justiofano estáA llenos de l1:yes sobr\? excomuoiones , sobre órdenes , sobre matrimonio:; &'.:. hl arreglo de los monasterio!, la edad nt:Ct;:SJria para L!s profesiones, y casi todo lo concernient~ á los monges ocupa un lugar principal en la kgislacion romana ; y mucha parte del dere– cho canónico St! compone de leyes dictadas por los príncipes seculares. · . ~i el gobh:rno civil tiene tanto poder en toda la didplina edesia~tica z cómo no lo tendrá en una parte d~ ~lla que está tan ii.uimamente ligada con el bil;!n d~ ll sociedad , corno es la reforma de los regulares;~ Ellos viven entre nosotros; tienen un grande! iofluxo en el putblo, y por lo mismo sus costumbres determinan casi las de ciertas clases de fa sociedad. ¡ Rt!prcsentantes dd Perú! Vosotros GUC teneis facultad para hacer la reforma, no os deten· gais cu realilarla. Procurais la prosperidad de la

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