Boletín de la Biblioteca Nacional N° 3

El Tratado de Montevideo y el Registro de la Propiedad, Intele,ctual Lima, 14 de Marzo de 1944. Señ.or José González Porto, Gerente y Apoderado de la Editorial González Porto. Ciudad. He recibido dos colecciones de seis tomOi'l cada una, de la obrq titulada "Libro de Oro de los Niños" editada por la Utha Argentina de Buenos Aires, así como su carta ele fecha a del presente eni la que me expresa que, como la obra constará de diez tomos, los cuatro restantes serán remitidos a esta Biblioteca oportunamente, en el momento de su aparición. Se sirve Ud. consultarme, además, si es necesario re– gistrarla en el Perú habiéndolo sido en la Argentina. Entre la Argentina y el Perú está en vigor el tratado de Montevideo rle 1889 sobre propiedad literaria y artística que dice en sus artículos 1, 2 Y 3 lo siguiente: "Artículo 10.-Los Estados signatarios se comprometen a reconocer y prote– ger los derechos de la propiedad literaria y artística, en conformidad con las estipu– laciones del presente Tratado. Articulo 20,-EI autor de toda obra literaria o artística y sus sucesores go– zarán en los Estados signatarios de los derechos que les acuerde la ley del Estado en que tuvo lugar su primera publicación o producción. Artículo 30. -El derecho de propiedad de una obra literaria y artística, com– prende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de enagenar!a, de traducirla o de autorizar su traducción, y de reproducirla en cualquier forma." Está protegida, pues, la propiedad intelectual registrada en cualesquiera de los países signatarios, independientemente .de la nacionalidad del autor o editor. No se especifica formalidades; lo que ha sido interpretado en el sentido de que ninguna es requerida, ni siquiera en el país¡ de regisu'o. Ambos países han ratificado este Tratado cuya vigencia es, por eso, inobjetable a diferencia de otras convenciones america1nas, como la de Buenos Aires de 1910 y la de Montevideo en 1941 a las que faltan las ratificaciones sea del Perú (. sea de la Argentina. . Cumplo con manifestarle, pues, que legalmente su derecho sobre el "Libro de Oro de los Niños", está reconocido en el Perú. Oportunamente en el Boletín de la Biblioteca daré noticia de ello. Presento a Ud. las seguridades de mi especial consideración. (Fdo.) JORGE BASADRE:. Director.

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