Boletín de la Biblioteca Nacional del Perú N° 23

73 "EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO. - Considerando: - Que las rentu creadas por la Ley No. 10847 están destinadas a cubrir, en parte, la termi- nación del local de la Biblioteca Nacional, y a subvencionar a las Bibliotecas Popula· res Mun:cipales de las Capitales de los Departamentos y Provincias de la República; y que dada la organización técnica y administrativa de la Biblioteca Nacional, es -::onveniente encomendar a ésta la administración de las citadas rentas para que, con arreglo a ley, se desarrolle en forma coordinada el funcionamiento de las biblioteca• depenQientes del Ministerio de Educación Pública con las que sostienen los Concejos Municipales de la República; - DECRETA: 1 9 -La Biblioteca Nacional asumirá, a partir de la fecha, la administración de las rentas creadas por la Ley No. 1084 7 y [[). SS. 24-3-1955 y 24-9-1955, del Pliego del Ramo del Presupuesto General vigente, destinadas a la terminación de su local y a subvencionar a las Bibliotecas Popul¡ires Mun:cipales de las Capitales de D'epartamentos y Provincias de la Repú- blica. - 2Q-Los servicios bibliotecarios actualmente a cargo del Departamento de Fomento de Bibliotecas Populares y Escolares, se incorporarán con su personal, mo- biliario, equipo y fondos bibliográficos, a partir de la fecha, a la Biblioteca Nac:o· n::il. - 3Q-El Ministerio de Educación Pública dictará las medidas necesarias para el mejor cumplimiento del presente Decreto. - 4Q-Derógese las disposiciones que se opongan al presente Decreto . - Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de Setiembre de mil novecientos aesentidos, - (Fdo.) RICARDO PEREZ GODOY, Presidente de la Junta de Gobierno. - Vice-Almirante FRANKLIN PEASE, Ministro ¿.., Educación Pública". Que trascribo a usted para su conocimiento y f:nes consiguientes. Dios guarde a usted (Fdo.) Jorge Castro Harrison Coordinador en Asuntos Pedagógicos a. i.

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