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buques qu
e durante el n,ño entran en el Callao, micla11
200
mil toncla
<l.asde rej istro, lo.· ernpre.'arioi::; del muelle
y
dárse–
na, pe1·cib
irá,nla fuerte suma de
S. 24,000,
sin prestar en re–
tribucion, servicio alguno.
Segun el artículo
27
del decreto, los empre.'arios cobrarán
por embarque ó desembarque de mercaderías:
Al buque..............................
75
cts. por tonelada.
Al dueño
6
consignata1·io ......... S.
2.50
ce
ce
e<
s.
3.25
Dm·ante el año
1865
se han internado en el puerto del Ca–
llao, segun los datos oficiales publicados por el Ministerio de
Hacienda,
2.000,823
bultos, que por un cálculo prudente
pueden estimarse en
400, 000
toneladas.
Ahora bien; loR gastos de embarque ó desembarque por lan–
cheros y playeros , no exceden al presente de S.
1.60
cts. por
tonelada. Cobrando lo.' em.presarios de
la dán;ena S.
3.25
resulta un exceso d S.
1.65
sobre el costo actual, exceso que
en
400, 000
tonebdas alcanza
i
la enorme imma de
660, 000
soles.
JVIa.s aun.
En
la raizon de bultos importados en el Callao el
año
1865,
y cuyo total e. cendió á
2.060,823,
no están com–
prendidos los artículo ., siguientes :
Carbon de piedra, planchas de cobre, piedras de enlozar,
panes de nieve, cana.'
Je
Guayaquil, madera, hierro,
ladri~
llos ingles es para hornos , remos, leña
á
rajas.
Creemos con fundamento que estos a.rtículos deben calcu–
larse
á
lo menos en otra.
400,000
toneladas al año, que da–
rán un producto de otros
660,000
soles á
los empres<trios.
Debe agregarse lo que percibirá la
empresa por exporta–
ciones. Sin embargo de que estas tien
<l.ensiempre
á
nivelar..
se con las importaciones, haremos una
concesion extrema su-–
poniendo que solo alcancen
á
la tercera parte. De manera,
que montando las primeras
á
S.
1.320,000,
darán las segun..
das
340
mil.
Reasumamos:
Hemos
dicho al
principio
que la
empresa recibiria
24,000
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