Contabilidad y análisis financiero: un enfoque para el Perú
un hecho fortuito o fuerza mayor. Se paga con un recargo de 25% por las dos primeras horas laboradas y de 35% para las restantes. b. Vacaciones: derecho a 30 días calendario de descanso vacacional remunerado por cada año completo de servicios. Este descanso vacacional debe gozarse dentro del año calendario siguiente en que se cumplió el año de servicios. En caso no se otorgue oportunamente, el empleador deberá pagar un sueldo adicional en calidad de indemnización vacacional. c. Gratificaciones legales: se otorgan dos gratificaciones durante el año
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